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Detalle de trazabilidad de negociación UNP-Sindicatos

PROCESO DE NEGOCIACIÓN SINGULAR – UNIDAD NACIONAL DE PROTECCIÓN

18 Organizaciones Sindicales presentaron pliego de solicitudes
a la Unidad Nacional de Protección – UNP dentro del primer bimestre del año 2023.

FUNDAMENTO NORMATIVO
Decreto 160 de 2014 y Decreto 1072 de 2015

Decreto 160 de 2014
Artículo 11°. Términos y etapas de la negociación. La negociación del pliego se desarrollará bajo los siguientes términos y etapas:
1. Los pliegos se deberán presentar dentro del primer bimestre del año.

AMBITO DE NEGOCIACIÓN

Para la Negociación de la UNP que actualmente cursa aplica el Decreto 160 de 2014.
Artículo 7°. Ámbito de la negociación. Constituyen ámbitos de la negociación:
2. El singular o de contenido particular por entidad o por distrito, departamento o municipio.

NOTA: Las peticiones relacionados con modificaciones de norma,las que tengan impacto presupuestal que depndan del Ministerio de Hacienda, debieron ser abordados en la Mesa Nacional porque por ambito de negociación la UNP pierde compretencia.

REGLAS DE NEGOCIACIÓN
REGLAS PREVISTAS EN EL DECRETO 160 DE 2014

Artículo 3°. Reglas de aplicación del presente decreto. Son reglas de aplicación de este decreto, las siguientes:

1. El respeto de la competencia constitucional y legal atribuida a las entidades y autoridades públicas: la negociación debe respetar las competencias exclusivas que la Constitución Política y la ley atribuyen a las entidades y autoridades públicas.

2. El respeto al presupuesto público o principio de previsión y provisión presupuestal en la ley, ordenanza o acuerdo para la suscripción del o los acuerdos colectivos con incidencia económica presupuestal, teniendo en cuenta el marco de gasto de mediano plazo, la política macro económica del Estado y su sostenibilidad y estabilidad fiscal.

3. Una sola mesa de negociación y un solo acuerdo colectivo por entidad o autoridad pública.

TÉRMINO DE LA NEGOCIACIÓN

Decreto 160 de 2014
Artículo 11°. Términos y etapas de la negociación. La negociación del pliego se desarrollará bajo los siguientes términos y etapas:
4. La negociación se desarrollará durante un período inicial de veinte (20) días hábiles, prorrogables, de mutuo acuerdo, hasta por otros veinte (20) días hábiles.

NOTA: La norma prevé la etapa inicial y el término de la prórroga en que ha de llegarse a cabo la Mesa de Negociación, no obstante, los días efectivamente sesionados dependerá del Acuerdo en que lleguen las partes al momento de pactar las reglas que rigen la Negociación que para el caso en particular fueron lassiguientes:

REGLAS PACTADAS EN LA MESA SINGULAR
Estudio de Puntos y días de Sesión

Regla número 1.
La Instalación de la Mesa de Negociación Colectiva fue el 21 de junio de 2023, fecha en la cual quedaron
suspendidos los términos hasta tanto las reglas de negociación no se establecieran; por lo tanto, el estudio de los puntos del pliego de solicitudes iniciará el 29 de junio de 2023, fecha en la cual empiezan a correr los veinte (20) días de Ley.

Regla número 2
Se adelantará la mesa de negociación los jueves y viernes de 8 am a 5pm a partir del 29 de junio de 2023. Con un espacio de 12:00 a 1:00 pm para la hora del almuerzo.

ASPECTO SOBRE LOS DÍAS DE NEGOCIACIÓN

1. El 21 de junio de 2023 se instaló la Mesa de Negociación Singular 2023 de la Unidad Nacional de Protección – UNP.
2. Las partes de mutuo acuerdo suspendieron el término y por ende de la Mesa de Negociación Singular desde el 22 de junio de 2023 hasta el día 28 de junio de la misma anualidad hasta tanto no se determinaran las Reglas de la Negociación, por tal razón, se pactó que el estudio de los puntos iniciaba el 29 de junio de 2023, fecha en cual empieza a correr el término de los 20 días previstos en el Decreto 160 de 2014.
3. La primera Etapa se encuentra comprendida entre el 29 de junio de 2023 y 28 de julio de 2023.
4. El término de la prorroga inicia a contabilizarse desde el 31 de julio de 2023 hasta el 29 de agosto de 2023, sin embargo, ante la imperiosa necesidad de revisar el punto de Pensión de Vejez por Exposición a Alto Riesgo y el punto de Horas Extras y recargos, se acordó entre las partes suspender nuevamente la Mesa de Negociación Singular, a partir del 22 de agosto de 2023 hasta el día 29 de agosto de 2023, reanudando sesión el día 30 de agosto de la misma anualidad hasta el día 05 de septiembre de 2023.

DÍAS DE SESIONES MESA SINGULAR

JUNIO 2023 – 13,16,21,23,28,29 y 30
JULIO 2023 – 6,7,13,14,18,19,27 y 28
AGOSTO – 3,4,10,11,16,17,18,30 y 31
SEPTIEMBRE – 1, 4 y 5

TOTAL DE SESIONES A LA FECHA 26
SOLO ESTUDIO DE PLIEGO 21

NOTA: Valga precisar que se sesionaron días adicionales a los inicialmente pactados por las partes en las Reglas de Negociaicón (Jueves y Viernes)

ACUERDOS PRESENTADOS Y ABORDADOS

La Bancada Sindical presentó en el pliego de solicitudes 494 peticiones, siendo su avance el siguiente:
1. PUNTOS PENDIENTES AGRUPADOS POR TEMAS
 326, equivalente al 66,0% del 100% del pliego de solicitudes.
2. PUNTOS ACORDADOS AGRUPADOS POR TEMAS
161, equivalente al 32,6% del 100% del pliego de solicitudes.
3. PUNTOS NO ACORDADOS AGRUPADOS POR TEMAS
6, equivalente al 1,2% del 100% del pliego de solicitudes.
4. PUNTO RETIRADO A SOLICITUD DE LA BANCADA SINDICAL
1, equivalente al 0,2% del 100% del pliego de solicitudes.
TOTAL DE PUNTOS ACORDADOS 33
TOTAL DE PUNTOS NO ACORDADOS 4
ACUERDOS PARCIALES 2
PROCESO DE NEGOCIACIÓN SINGULAR – UNIDAD NACIONAL DE PROTECCIÓN
El día 02 de marzo de 2023 se notificó al Ministerio del Trabajo la Comisión Negociadora y Asesora de la UNP.

COMUNICACIONES ENVIADAS

OFI23-00009611 del 02 de marzo de 2023

FUNDAMENTO NORMATIVO
Decreto 160 de 2014 y Decreto 1072 de 2015

Decreto 160 de 2014
Artículo 11°. Términos y etapas de la negociación. La negociación del pliego se desarrollará bajo los siguientes términos y etapas:
2. La entidad y autoridad pública competente a quien se le haya presentado pliego, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes al último día del primer bimestre, con copia al Ministerio del Trabajo, informará por escrito los nombres de sus negociadores y asesores, y el sitio y hora para instalar e iniciar la negociación.

 

PROCESO DE NEGOCIACIÓN SINGULAR – UNIDAD NACIONAL DE PROTECCIÓN

Las 18 organizaciones sindicales que presentaron pliego de solicitudes dentro del primer bimestre del año 2023, no concurrieron en Unidad de Pliego ni en Unidad de Integración de las Comisiones Negociadoras y Asesoras.

FUNDAMENTO NORMATIVO
Decreto 160 de 2014 y Decreto 1072 de 2015

Artículo 8°. Condiciones y requisitos para la comparecencia sindical a la negociación. Para la comparecencia sindical a la negociación se deben cumplir las siguientes condiciones y requisitos:
1. Dentro de la autonomía sindical, en caso de pluralidad de organizaciones sindicales de empleados públicos, éstas deberán realizar previamente actividades de coordinación para la integración de solicitudes, con el fin de concurrir en unidad de pliego y en unidad de integración de las comisiones negociadoras y asesoras.

 

PROCESO DE NEGOCIACIÓN SINGULAR – UNIDAD NACIONAL DE PROTECCIÓN

Se remitió a las Organizaciones Sindicales Oficio de Asunto “Exhortación a la Integración de Pliego de Peticiones”.

COMUNICACIONES ENVIADAS

OFI23-00010288 del 06 de marzo de 2023

FUNDAMENTO NORMATIVO
Decreto 160 de 2014 y Decreto 1072 de 2015

Artículo 8, numeral 1 del Decreto 160 de 2014

 

PROCESO DE NEGOCIACIÓN SINGULAR – UNIDAD NACIONAL DE PROTECCIÓN

Ante el silencio, la STH remitió correo electrónico a las Organizaciones Sindicales informando que en aras de que estas concurrieran a la Negociación conforme a lo previsto en el Decreto y respetando la autonomía sindical, la UNP remitiría los pliegos de solicitudes individuales a las 18 Organizaciones Sindicales para facilitar el proceso de integración.

Se precisó además que la UNP estaba atenta a la integración del pliego de solictudes para proceder con la Instalación de la Mesa de Negociación.

COMUNICACIONES ENVIADAS

Correo 22 de marzo de 2023

FUNDAMENTO NORMATIVO
Decreto 160 de 2014 y Decreto 1072 de 2015

Artículo 8, numeral 1 del Decreto 160 de 2014

 

PROCESO DE NEGOCIACIÓN SINGULAR – UNIDAD NACIONAL DE PROTECCIÓN

En virtud a que no se recibió comunicación por parte de las Organizaciones Sindicales y ante la imperiosa necesidadad de integrar el pliego, la UNP compartió los pliegos de solicitudes individuales presentados a las 18 Organizaciones Sindicales.

COMUNICACIONES ENVIADAS

Correo 27 de marzo de 2023

FUNDAMENTO NORMATIVO
Decreto 160 de 2014 y Decreto 1072 de 2015

Artículo 8, numeral 1 del Decreto 160 de 2014

 

PROCESO DE NEGOCIACIÓN SINGULAR – UNIDAD NACIONAL DE PROTECCIÓN

El 27 de marzo de 2023, 06 Organizaciones Sindicales presentaron pliego de solicitudes integrado.

COMUNICACIONES ENVIADAS

27 de marzo de 2023

FUNDAMENTO NORMATIVO
Decreto 160 de 2014 y Decreto 1072 de 2015

Con este presupuesto no se cumple lo previsto en el artículo 8, Numeral 1 del Decreto 160 de 2014, dado que el pliego debió ser integrado por las 18.

 

PROCESO DE NEGOCIACIÓN SINGULAR – UNIDAD NACIONAL DE PROTECCIÓN

Con el animo de Coadyuvar en la integración del pliego de solicitudes y ante la falta de pronunciamiento por parte de la bancada sindical frente a este requerimiento legal para la comparecencia, la UNP facilitó los espacios a los representantes de las 18 Organizaciones Sindicales durante los días 31 de agosto de 2023 y 13,14,19,20 y 21 de abril de 2023 y adelantó todos los trámites para garantizar los permisos sindicales y el Derecho a la Negociación Colectiva.

COMUNICACIONES ENVIADAS

OFI23-00014104 del 27 de marzo de 2023
OFI23-00016485 del 12 de abril de 2023
OFI23-00017870 del 18 de abril de 2023
OFI23-00018241 del 19 de abril de 2023

FUNDAMENTO NORMATIVO
Decreto 160 de 2014 y Decreto 1072 de 2015

Artículo 8, numeral 1 del Decreto 160 de 2014

 

PROCESO DE NEGOCIACIÓN SINGULAR – UNIDAD NACIONAL DE PROTECCIÓN

El día 21 de abril de 2023 se recibió pliego de solicitudes integrado por las 18 Organizaciones Sindicales, sin embargo, se identificó que estas no concurrieron en Unidad de Integración de las Comisiones Negociadoras y Asesoras como lo dispone el numeral 1, artículo 8 del Decreto 160 de 2014, además se identificaron imprecisiones dentro del pliego.

 

PROCESO DE NEGOCIACIÓN SINGULAR – UNIDAD NACIONAL DE PROTECCIÓN

Las Organizaciones Sindicales allegaron solicitud de certificación de la cantidad de numero de afiliados a cada una de las 18 Organizaciones Sindicales que presentaron pliegos el los términos de Ley, para efectos de determinar la representatividad.

COMUNICACIONES ENVIADAS

24 de abril de 2023

 

PROCESO DE NEGOCIACIÓN SINGULAR – UNIDAD NACIONAL DE PROTECCIÓN

La UNP mediante comunicación de fecha 27 de abril de 2023 dio respuesta a la petición instaurada por las Organizaciones Sindicales, precisando la forma en que había que ha de determinarse la representatividad sindical y la conformación de la Comisión Negociadora, además se señaló en dicho Oficio que, no era competencia de la STH determinar el número de afiliados de las Organizaciones Sindicales, por lo que se remitió únicamente las deducciones de cuotas sindicales realizadas a los afiliados.

COMUNICACIONES ENVIADAS

OFI23-00020251 del 27 de abril de 2023

FUNDAMENTO NORMATIVO
Decreto 160 de 2014 y Decreto 1072 de 2015

Artículo 9°. Grado de representatividad sindical y conformación de la comisión negociadora. El grado de representatividad sindical y la conformación de la comisión negociadora, se efectuará, así:
1. En caso de que concurran a la negociación varias organizaciones sindicales de empleados públicos, éstas en ejercicio de su autonomía sindical determinarán el número de integrantes de la comisión negociadora y su distribución entre los distintos sindicatos. En el evento en que no haya acuerdo para la distribución de los representantes ante la mesa de negociación, ésta debe ser objetiva y proporcional al número de afiliados con derecho y pago de su cuota sindical depositada en banco, conforme a los artículos 393 y 396 del Código Sustantivo del Trabajo y según certificación del tesorero y secretario.

 

PROCESO DE NEGOCIACIÓN SINGULAR – UNIDAD NACIONAL DE PROTECCIÓN

El 11 de mayo de 2023, la Organización Sindical UT- UNP, remite comunicación maniofestando que, como Organización Sindical no han acordado ni aprobado la cantidad de negociacores, para lo cual aclararon que si no hay consenso entre las Organizaciones Sindicales, la entidad será quíen defina cúal es la cantidad de Negociadores que participarán en la Mesa.

COMUNICACIONES ENVIADAS

Correo 11 de mayo de 2023

 

PROCESO DE NEGOCIACIÓN SINGULAR – UNIDAD NACIONAL DE PROTECCIÓN

El 12 de mayo de 2023, se recibió correo por parte de la Bancada Sindical de asunto RESPUESTA A COMUNICACIÓN OFI23-00020251
DE LA UNIDAD NACIONAL DE PROTECCIÓN, a tráves del cual se notifica a la UNP, las comisiones Negociadoras y Asesoras de 16 Organizaciones Sindicales, precisando que las 2 Organizaciones faltantes SPC y UT-UNP, definirán sus negociadores en la primera sesión de instalación de la mesa de negociación de acuerdo con su representatividad y de acuerdo con su autonomía sindical.

COMUNICACIONES ENVIADAS

12 de mayo de 2023

 

PROCESO DE NEGOCIACIÓN SINGULAR – UNIDAD NACIONAL DE PROTECCIÓN

El 08 de junio de 2023, las Organizaciones Sindicales UT- UNP y SPC remitieron correo a la STH informando los Negociadores que asistirán a la Instalación de la Mesa

COMUNICACIONES ENVIADAS

08 de junio de 2023

 

PROCESO DE NEGOCIACIÓN SINGULAR – UNIDAD NACIONAL DE PROTECCIÓN

Por lo anterior, la Subdirección de Talento Humano citó a las Organizaciones Sindicales a sesión de Instalación de la Mesa de Negociación Singular para los días 13 y 16 de junio de 2023, con el proposito de realizar la verificación de los requisitos de comparecencia, previo a la instalación de la Mesa.

COMUNICACIONES ENVIADAS

OFI23-00026449 del 30 de mayo de 2023 , remitido el 05 de junio de 2023

OFI23-00029004 del 14 de junio de 2023

 

PROCESO DE NEGOCIACIÓN SINGULAR – UNIDAD NACIONAL DE PROTECCIÓN

En las sesiones de los días 13 y 16 de junio de 2023, las Organizaciones Sindicales ante la imposibilidad de llegar a un Acuerdo con UT- UNP y SPC, frente a la Conformación de las Comisiones Negociadoras y Asesoras y dada la imperiosa necesidad de instalar la Mesa, manifestaron estar de acuerdo con los Negociadores y Asesores Presentados por estos dos sindicatos , razón por la cual, en ejercicio de su autonomía, en sesión del día 16 de junio de 2023 se da cumplimiento a la concurrencia a la Mesa Singular en Unidad de Pliego y en Unidad de las Comisiones Negociadoras y Asesoras, quedando cumplido este requisito.

COMUNICACIONES ENVIADAS

13 y 16 de Junio de 2023

FUNDAMENTO NORMATIVO
Decreto 160 de 2014 y Decreto 1072 de 2015

Solo hasta el 16 de junio de 2023 se dio cumplimiento a la concurrencia por parte de las Organizaciones Sindicales en Unidad de Pliego y en Unidad de las Comisiones Negociadoras y Asesoras en aplicación de la autonomía sindical prevista en el numeral 1) del primer evento del artículo 9 del Decreto 160 de 2014.

 

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