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Informe detallado del análisis de jornada laboral y horas extras UNP-Sindicatos

Propuestas presentadas por las Organizaciones Sindicales en el Pliego de solicitudes Integrado presentado a la Unidad Nacional de Protección- UNP.

Nota: 18 Organizaciones Sindicales presentaron a la Unidad Nacional de Protección – UNP, pliegos de solicitudes individuales dentro del primer bimestre del año 2023; una vez recibidos los pliegos en la Subdirección de Talento Humano, se identificó que las Organizaciones Sindicales no concurrieron en unidad de pliego ni en unidad de integración de las comisiones Negociadoras y Asesoras, esto es atendiendo lo previsto en el artículo 8, numeral 1 del Decreto 160 de 2014.

Que en aras de Coadyuvar en la Integración del pliego de solicitudes para la concurrencia en Unidad de Pliego y en Unidad de Integración de las Comisiones Negociadoras y Asesoras, la Unidad Nacional de Protección – UNP, facilitó los espacios a las 18 Organizaciones Sindicales en actividades previas durante los días 31 de marzo de 2023 y 13,14,19,20 y 21 de abril de 2023 y adelantó todos los trámites tendientes a garantizar los permisos sindicales y el derecho a la Negociación Colectiva, sin embargo, se logró el cumplimiento del mencionado requisito hasta el día 16 de junio de 2023.

Ahora bien, con el propósito de garantizar el Derecho a la Negociación Colectiva de los empleados públicos previsto en el convenio de la Organización Internacional del Trabajo C-154 de 1981, Decreto 160 de 2014, Decreto 1072 de 2015 y demás normas que regulan la materia, la Unidad Nacional de Protección – UNP, recibió el pliego de solicitudes integrado presentado por la Bancada Sindical.

Se precisa que, en el Marco de la Mesa de Negociación Singular, la Bancada Sindical presentó a la UNP, algunas peticiones relacionadas con Horas Extras, compensatorios y Jornada Laboral, en los siguientes términos:

  1. ARTÍCULO 14. HORARIO LABORAL DEL PERSONAL: La UNIDAD NACIONAL DE PROTECCIÓN revisará y modificará conjuntamente con la organización sindical y el DAFP el concepto mediante el cual se sustenta en la entidad el trabajo por más de diez (10) horas diarias establecido en el Decreto 1025 del 26 de julio de 2021 por el cual se establece la jornada y horario de trabajo para los funcionarios que ejercen la albor misional de protección a personas, la figura de compensatorios y la inclusión de pago de horas extras, con el fin de generar los actos administrativos correspondientes en pro de mejorar las condiciones laborales de los funcionarios.
  1. ARTÍCULO 18. La UNP se compromete en un término de un (01) mes contados a partir del primero de marzo de 2023 a realizar, presentar e impulsar los estudios técnicos, resoluciones, proyectos conforme a los acuerdos sindicales entre ASEP y la UNP, los acuerdos nacionales estatales vigentes, en relación con la pensión de vejez por exposición a alto riesgo, ampliación de planta de personal, nivelación salarial y reglamentación de la jornada laboral, horas extras, recargos nocturnos, reconocimiento total de viáticos de acuerdo con los días pernoctados, descansos del personal, entre otros pactados.
  1. Reconocer en derecho, horas extras, recargos nocturnos dominicales ya que por ahora somos ley 100.
  1. ARTÍCULO 90. La UNP, implementará y reglamentará dentro de los treinta (30) días siguientes a la firma de este acuerdo, un sobresueldo del cincuenta por ciento (50%) del salario, para los empleados de la Entidad, que cumplan labores de disponibilidad permanente. Dicho sobresueldo debe incrementarse anualmente de acuerdo al porcentaje del aumento salarial. De no considerarse viable la propuesta se reconocerá y reglamentará, para los funcionarios de la UNP, el reconocimiento de horas extras, recargos nocturnos, días compensatorios o descansos de acuerdo a ley, aplicable a los funcionarios públicos. Se indemnizará el tiempo de descanso a cada funcionario en un periodo no mayor a tres (03) meses.
  1. ARTICULO 120. La UNP otorgará gradualmente los compensatorios pendientes de agentes escoltas de los durante el año 2023. Lo anterior, ante la grave vulneración del derecho del derecho al descanso entendido este como la oportunidad que se le otorga al empleado para reparar sus fuerzas intelectuales y materiales, para proteger su salud física y mental, para compartir con su familia y fortalecer sus lazos afectivos.

PARAGRAFO: Instalar mesa de trabajo para resolver la problemática de falta de compensatorios, relevos, vacaciones, incapacidades, licencias y seguimiento del proceso de negociación.

  1. El sindicato ST-UNP: Solicita a la Unidad Nacional de Protección – UNP, a través de la Subdirección de Talento Humano la subdirección de protección y la Subdirección Especializada de Seguridad y Protección, con la participación de la organización sindical, instalara una mesa de trabajo con el fin de debatir los temas correspondientes a compensatorios, relevos vacaciones, incapacidades, descansos, licencias, entre otros, tomando en consideración la necesidad del servicio y la plena observancia de las normas laborales”.

En sesión del 04 de agosto de 2023, la Bancada Sindical solicitó a la Unidad Nacional de Protección – UNP, priorizar entre otros, los puntos relacionados con el pago de horas extras, recargo nocturno y compensatorios, razón por la cual, en sesión del día 17 de agosto de 2023, la UNP presentó a las Organizaciones Sindicales, propuesta relacionada con Jornada Laboral la cual fue discutida en sesión, sin obtener aprobación alguna, así:

(…) ACUERDO JORNADA LABORAL 

 Se presenta propuesta por parte de la Unidad Nacional de Protección – UNP, respecto a Jornada Laboral;  

  La UNP realizará los trámites pertinentes, tendientes a garantizar el derecho al descanso de los servidores públicos de la Entidad, para lo cual desarrollará: 

1.El fortalecimiento de la cantidad de personal operativo, garantizando el personal suficiente que permita cubrir los días de descanso remunerado al que tiene derecho el personal operativo de la UNP. 

2.Se establecerá el sistema de turnos para Personal Administrativo del nivel Asistencial, Técnico y Profesional que permita cumplir con la misionalidad y operatividad de la entidad; en el caso de que el personal de nivel asistencial hasta el grado 19 y técnico hasta grado 09 trabaje tiempo adicional, se reconocerá las horas extras conforme a la normativa vigente, para los niveles y grados aquí no contemplados procederá la compensación en tiempo de descanso del servicio prestado. 

3.Se expedirá un acto administrativo que regule el pago de horas extras en la Unidad y donde se establezca la obligatoriedad del tiempo de descanso remunerado a los servidores.  

4.La Subdirección de Talento Humano se compromete a que en la elaboración del presupuesto de la entidad se incluya los rubros presupuestales suficientes para cumplir los compromisos aquí planteados. 

Parágrafo: para efecto del estudio de modernización y el estudio de la Carrera Administrativa Especifica, se tendrán en cuenta estos aspectos para ser contemplados en las propuestas (…)”.

 Es importante aclarar que, durante esta sesión la Bancada Sindical y la Unidad Nacional de Protección – UNP, suspendieron de mutuo acuerdo los términos y por ende la Mesa de Negociación Singular, a partir del día 22 de agosto de 2023 hasta el 29 de agosto de la misma anualidad, ante la imperiosa necesidad de realizar las consultas para determinar la viabilidad técnica, jurídica y financiera necesaria, con el fin de acercarnos a un posible acuerdo respecto a la Pensión de Vejez por Exposición de Alto Riesgo y, Jornada laboral, horas extras y compensatorios.

Una vez realizadas las consultas y el análisis necesario se expusieron en la Mesa de Negociación Singular, las siguientes propuestas y contrapropuestas:

PROPUESTA UNIDAD NACIONAL DE PROTECCIÓN – UNP  – 30 DE AGOSTO DE 2023 – 10:11 AM

La UNP realizará los trámites pertinentes, tendientes a fortalecer el derecho al descanso de los servidores públicos de la Entidad, para lo cual desarrollará:

  1. El fortalecimiento de la cantidad de personal operativo, garantizando el personal suficiente que permita cubrir los días de descanso remunerado al que tiene derecho el personal operativo de la UNP.
  2. Se adelantarán las medidas necesarias que busquen establecer el sistema de turnos para Personal Administrativo del nivel Asistencial, Técnico y Profesional que permita cumplir con la misionalidad y operatividad de la entidad; en el caso de que el personal de nivel asistencial hasta el grado 19 y técnico hasta grado 09 trabaje tiempo adicional, se reconocerá las horas extras conforme a la normativa vigente, para los niveles y grados aquí no contemplados procederá la compensación en tiempo de descanso del servicio prestado.
  3. La Subdirección de Talento Humano se compromete a que en la elaboración del presupuesto de la entidad se incluya los rubros presupuestales suficientes para cumplir los compromisos aquí planteados.

Parágrafo: para efecto del estudio de modernización y el estudio de la Carrera Administrativa Especifica, se tendrán en cuenta estos aspectos para ser contemplados en las propuestas “.

PROPUESTA BANCADA SINDICAL – 30 AGOSTO – 03:20PM

“A corto plazo: de forma inmediata a la firma del presente acuerdo, la UNP reducirá la jornada laboral máxima diaria en (10) horas, sin que en la semana exceda un límite de 55 horas a la semana; lo anterior teniendo en cuenta que el decreto ley 1932 de 1989 fue derogado por el decreto ley 4057 de 2011  y por lo tanto no se puede dar aplicabilidad al artículo 12 del mencionado decreto; por tal razón a la entidad se le debe dar aplicabilidad al régimen general estipulado en el decreto ley 1042 de 1978.

A mediano plazo: Garantizar descansos compensatorios y vacaciones a los funcionarios que tienen acumulación de días compensatorios y/o vacaciones subsanando estas situaciones administrativas en un periodo no superior al 01 de enero de 2024 a partir de la firma del presente acuerdo, para las situaciones administrativas de vigencias anteriores, reconocer en dinero el pago de compensatorios, recargos nocturnos, dominicales y festivos.

A largo Plazo: En un periodo no superior a un año, implementar un proceso de formalización laboral que permita contar con el recurso de talento humano suficiente para garantizar los relevos del personal en toma de compensatorios y vacaciones.

Parágrafo: A este acuerdo se le aplicarán las normas que se llegaren a reglamentar, como es la Ley 2101 de 2021, la reglamentación del estatuto del trabajo establecido en el Art. 53 de la CN, y las demás que nos favorezcan producto de las futuras reformas laborales presentadas ante el Congreso de la República. Lo anterior dando alcance al principio de igualdad, favorabilidad, progresividad e irrenunciabilidad de los beneficios mínimos laborales ”.

PROPUESTA ADMINISTRACIÓN – 01 DE SEPTIEMBRE 03:30PM

“A corto plazo: La Unidad Nacional de Protección presentará al Ministerio del Interior base del proyecto de Ley que proponga la modificación de la norma que aplica a la UNP, relacionada con la jornada laboral; para tal efecto, se hará participe a las organizaciones sindicales en la exposición de motivos.

A corto plazo: La Unidad Nacional de Protección – UNP se compromete desde la firma del acuerdo sindical y, con el propósito de garantizar el descanso del personal que realiza actividades de protección con personal de los contratos misionales que cuenta la entidad para la provisión de personas de protección.

A largo Plazo: La UNP se compromete con el desarrollo del proceso de modernización a implementar un proceso de formalización laboral que permita contar con el recurso de talento humano suficiente para garantizar los relevos del personal en toma de compensatorios y vacaciones”.

PROPUESTA BANCADA SINDICAL – 04 SEPTIEMBRE 11:00 AM

“A corto plazo: de forma inmediata a la firma del presente acuerdo, la UNP reducirá la jornada laboral máxima diaria en (8) horas, sin que en la semana exceda un límite de 44 horas a la semana; atendiendo a las facultades que le otorga a la administración el decreto 1876 de 1970, como también a la aplicabilidad del régimen general estipulado en el decreto ley 1042 de 1978 en sus artículos 33, 34 y 39, como los convenios de Derechos Humanos y de la OIT, suscritos por el Estado Colombiano. Lo anterior, mientras se surte el estudio que determine las actividades especiales, para que en efecto sean aplicadas, en el marco del rediseño institucional, que determine el sistema específico o especial de carrera en la UNP.

En el mismo sentido, de manera inmediata, la UNP garantizará los descansos compensatorios y vacaciones a los funcionarios que tienen acumulación de días compensatorios y/o vacaciones, subsanando estas situaciones administrativas para las vigencias anteriores, reconociendo en dinero el pago de compensatorios generados.

En un mediano plazo: En un periodo no superior al determinado en el primer punto de formalización laboral acordado, la UNP implementará el proceso de formalización laboral que permita contar con el recurso de talento humano suficiente para garantizar los relevos del personal en toma de compensatorios y vacaciones”.

POSICIÓN BANCADA SINDICAL

No fueron aceptadas las propuestas y contrapropuestas presentadas por la Unidad Nacional de Protección – UNP, toda vez que, la propuesta a corto plazo por parte de la Bancada Sindical se encontraba relacionada con la inaplicabilidad del artículo 12 del Decreto 1932 de 1989, con la finalidad de lograr de manera inmediata la reducción de la jornada laboral a 44 horas semanales.

POSICIÓN ADMINISTRACIÓN

No es viable llegar a un acuerdo sobre la inaplicabilidad de una norma que contempla la Jornada Laboral, se expusieron los fundamentos jurídicos a la Bancada Sindical.

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